miércoles, 11 de julio de 2012

México firma ACTA a pesar de todo.

Hace unos momento el Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual (IMPI) informó que el embajador mexicano en Tokyo, Claude Heller, firmó ACTA el polémico tratado que en nuestro país se le dio el carácter de inconstitucional.

Se creía que ACTA ya estaba muerta, que ya no podría entrar en el país pues el Senado de la República no lo permitiría y le informaría al Poder Ejecutivo del carácter inconstitucional del tratado. Tal parece que no fue así y al Poder Ejecutivo no le importó la negativa del Senado y de los ciudadanos.

Aquí el comunicado del IMPI en donde además hacen diversas declaraciones falsas y contradictorias sobre las conclusiones que el Grupo Plural de Trabajo hizo. Mencionan que el acuerdo no violenta derechos humanos ni monitoreo y vigilancia. Comunicado de Prensa del IMPI

Pero, ¿alguien no recuerda qué es ACTA?. Por si fuera así, les dejamos un video del tiempo cuando el acuerdo estaba siendo discutido en el Grupo de Trabajo del Senado. En el se explica en que consiste y que implicaciones tiene para los usuarios de internet.


Hay que recordar que hace algún tiempo se constituyó un Grupo Plural de Trabajo en el Senado de la República que rechazó completamente la aprobación de ACTA por diversas razones.

Las conclusiones del Grupo Plural de Trabajo fueron:
  • ACTA, contiene diversas disposiciones que, en distintas interpretaciones, se pueden considerar contrarias a  la  legislación  mexicana,  en  particular,  a  disposiciones  constitucionales  y  de  leyes ordinarias.  Estas disposiciones se encuentran principalmente contenidas en el apartado denominado: “Sección 5: Observancia de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito digital”
  • Considera que el Senado de la República, en coordinación con la H. Cámara de Diputados, continúe e incremente las actividades encaminadas a actualizar y mejorar la legislación nacional que proteja con eficacia y efectividad los derechos de propiedad intelectual, incluyendo los derechos de autor y los derechos conexos. Para realizar una efectiva reforma al régimen de protección de los derechos de propiedad intelectual en el ámbito digital, debe asumirse que existe un dinámico proceso de reconversión del sector de los contenidos y su transmisión y que el régimen de protección debe ajustarse a este proceso. De igual forma, se considera necesario prever las normas jurídicas y políticas públicas pertinentes para fomentar en México una cultura ciudadana de respeto a los derechos de propiedad intelectual.
  • Considera que el Senado de la República en coordinación con la H. Cámara de Diputados realice un seguimiento a los análisis e informes especiales que diversos organismos multilaterales, entre ellos la Organización de la Naciones Unidas, están  realizando  actualmente  en  relación con  los  derechos  de  libertad  de  opinión  y expresión a través del internet, de tal manera que la legislación nacional mantenga su actualización y vanguardia en este ámbito. 

Además, en dichas conclusiones se incluyeron las razones por las cuales se debía de exhortar al Poder Ejecutivo Federal a no firmar el acuerdo. Estas fueron:

  • En el proceso de negociación de este acuerdo se violó la Ley Sobre Aprobación de Tratados en Materia Económica, dado que sus previsiones no fueron cumplidas con  oportunidad  y  suficiencia  por  las  dependencias  participantes  en  dicha negociación, generando opacidad e impidiendo al Senado de la República dar el adecuado seguimiento a dicha negociación. 
  • De  convertirse  en  derecho  vigente,  algunas  disposiciones  del proyecto  de  ACTA  resultarían  contrarias  a disposiciones jurídicas del derecho nacional,  entre ellas,  garantías individuales contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y se vulnera el principio de presunción de inocencia que debe impregnar todo nuestro sistema jurídico.
  • La  ambigüedad  de  algunas  de  las  disposiciones  del  proyecto  del  ACTA resultaría contraria a la seguridad y certeza jurídica de los habitantes del País. 
  • La implementación de ACTA podría resultar en una limitación a la universalización deseable del acceso al internet en la sociedad mexicana, ampliando con ello la “brecha digital” y la posibilidad de que el País se inserte en la denominada “sociedad de la información y del conocimiento”. 
  • El Acuerdo podría derivar en una censura a los contenidos de internet y, en consecuencia,  en una restricción a la libertad de funcionamiento  y  neutralidad  que  el  mismo  debe  tener,  poniendo  en  riesgo además, el desarrollo del legítimo comercio electrónico, la creatividad digital y la legítima difusión cultural.

De esta manera, el Grupo Plural de Trabajo acordó que no se aprobaría ACTA y se le diría al Poder Ejecutivo Federal que no lo firmara.

Pero, ¿ahora que firmaron, que sigue?.

Para que el tratado sea efectivo y tenga vigencia en derecho nacional se debe de aprobar por el Senado de la República. La legislación actual se comprometió a no ratificar el acuerdo, pero el problema viene en la siguiente legislación que SI podría aprobar el proyecto.

El panorama pinta muy peligroso para las libertades del internet en México y mucha gente no tiene conocimiento de esto por diversas razones, desde los que se enfocan ahora con la cuestión electoral hasta los que no tienen ningún conocimiento de esto. Ojalá que el Senado de la República no ratifique el documento ni en esta ni en ninguna otra legislación. Pero solo nos queda esperar.

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